Saltar al contenido

PrelanzamientoWeb en prelanzamiento. Altas disponibles próximamente; contacto comercial abierto.

Normativa y plazos

·4 min de lectura

Plazos Verifactu 2027: sociedades y resto de obligados

Calendario vigente de adaptación de los sistemas informáticos de facturación, con la diferencia entre sociedades y el resto de obligados incluidos.

verifactuplazos2027aeat
Contenido de la guía
  1. Respuesta rápida
  2. El calendario en una tabla
  3. ¿A quién se refiere «resto de obligados»?
  4. El periodo anterior es de pruebas
  5. Qué significa «tener el sistema adaptado»
  6. Checklist de preparación
  7. Para una tienda o negocio pequeño
  8. Para un equipo técnico
  9. Estado de VeriFactu Fácil

Respuesta rápida

El plazo vigente no es una fecha única para todo el mundo: las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades deben tener adaptado su sistema informático de facturación antes del 1 de enero de 2027; el resto de obligados incluidos en el Reglamento debe tenerlo antes del 1 de julio de 2027. La obligación es adaptar el SIF, no necesariamente elegir la modalidad Verifactu. La nota informativa de la AEAT recoge el calendario tras el Real Decreto-ley 15/2025.

El calendario en una tabla

Quién Fecha límite de adaptación del SIF Qué conviene preparar
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos en el artículo 3.1.a del RRSIF 1 de enero de 2027 Sistema, series, datos fiscales, certificado si se elige remisión y procedimiento de incidencias.
Resto de obligados del artículo 3.1, incluidos muchos autónomos con actividad económica 1 de julio de 2027 La misma revisión, con el margen adicional que da la fecha legal.

“Antes del” significa que el sistema debe estar adaptado al comenzar la fecha límite. No es una ventana para seguir facturando con un sistema no adaptado durante ese día.

¿A quién se refiere «resto de obligados»?

El plazo de julio no significa “cualquier autónomo” ni permite ignorar el ámbito del reglamento. El artículo 3 del Real Decreto 1007/2023 incluye, cuando utilizan un sistema informático de facturación, a:

  • contribuyentes del IRPF que desarrollan actividades económicas;
  • contribuyentes del IRNR que obtienen rentas mediante establecimiento permanente;
  • entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollan actividades económicas;
  • contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, con las salvedades que recoge la propia norma.

La página de ámbito de la AEAT y el artículo 4 del real decreto deben consultarse para exclusiones subjetivas, territoriales y de operaciones. La fecha por sí sola no decide si una persona o entidad está dentro.

El periodo anterior es de pruebas

La AEAT describe el periodo previo a cada fecha como un periodo de pruebas. Durante ese periodo se pueden remitir registros de prueba con un SIF Verifactu y dejar de hacerlo, según el caso, porque todavía no ha llegado la fecha obligatoria correspondiente. Eso no convierte una prueba en producción ni permite presentar una prueba como una factura fiscal ya revisada por la Agencia.

La FAQ de cuestiones generales añade un matiz importante: la permanencia mínima en Verifactu se aplica cuando ya existe obligación y se empieza a remitir de forma efectiva; no por el mero hecho de participar durante el periodo de pruebas.

Qué significa «tener el sistema adaptado»

No basta con instalar un programa que genere un PDF. El RRSIF exige que el SIF soporte, entre otros requisitos, la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. También debe generar el registro de alta de forma simultánea o inmediatamente anterior a la expedición de cada factura.

La adaptación práctica incluye, como mínimo:

  1. identificar quién expide las facturas y en qué territorio opera;
  2. revisar series, numeración, tipos de factura y desglose fiscal;
  3. decidir si se usará Verifactu o No Verifactu;
  4. probar altas, anulaciones, rectificativas, reintentos y respuestas;
  5. documentar quién administra el sistema y cómo se conserva la evidencia.

La guía sobre modalidades explica la decisión entre remisión inmediata y conservación en el sistema emisor. La guía sobre series y numeración ayuda a revisar un punto que suele quedar para el final.

Checklist de preparación

Para una tienda o negocio pequeño

  • confirma si emites facturas con un SIF o con otro medio;
  • separa facturas completas, simplificadas y rectificativas;
  • comprueba que el sistema no pueda borrar o reescribir silenciosamente una factura emitida;
  • prueba una devolución parcial y un error de datos;
  • guarda la versión de la declaración responsable que te entregue el productor.

Para un equipo técnico

  • fija el evento que dispara la factura, no solo el evento de pago;
  • registra una clave idempotente por operación y entorno;
  • valida el esquema AEAT y conserva la respuesta por registro;
  • aísla sandbox, certificados, series y webhooks de producción;
  • prepara una alerta para registros rechazados o aceptados con errores.

Estado de VeriFactu Fácil

VeriFactu Fácil está en prelanzamiento: la web pública indica que las altas estarán disponibles próximamente. Este artículo explica el calendario legal y una lista de preparación; no anuncia que el producto ya pueda contratarse ni que una integración concreta esté publicada.

Ver el alcance general de Verifactu →

Siguiente paso

Cuéntanos qué sistema necesitas conectar

El servicio está en prelanzamiento. Revisamos el canal, el volumen y los datos fiscales antes de abrir una integración.

Hablar sobre tu integración →