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Guía verificable · España

Qué es Verifactu y qué cambia en 2027

Verifactu es la modalidad de los sistemas informáticos de facturación que remite a la AEAT los registros de facturación de forma continuada. La obligación legal es utilizar un sistema adaptado; Verifactu es una de las modalidades admitidas.

Última revisión: Base normativa: BOE

Respuesta rápida

Sociedades sujetas al IS
Antes del 1 de enero de 2027
Resto de obligados incluidos
Antes del 1 de julio de 2027
Se remite
El registro de facturación, no el PDF completo
Identificación visible
Código QR y mención Verifactu cuando corresponda

SIF adaptado y Verifactu no son exactamente lo mismo

El reglamento permite dos formas de operar. Ambas deben garantizar integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

ModalidadRemisiónOperación
VerifactuRemite los registros a la AEAT de forma continuada.Simplifica determinados requisitos de custodia y firma del registro.
No VerifactuConserva los registros en el propio sistema para su eventual requerimiento.Exige controles adicionales, registro de eventos y firma de los registros.

Precisión importante

Qué significa la respuesta de la AEAT

Una respuesta correcta confirma la recepción y el resultado de las validaciones aplicadas al registro enviado. La propia Orden HAC/1177/2024 advierte que no implica la validez completa de la factura ni de su registro.

Consultar el artículo 16 en el BOE →

Qué automatiza Verifactu Fácil

  • ✓ Crea el registro desde el evento de venta.
  • ✓ Calcula la huella y mantiene el encadenamiento.
  • ✓ Remite el registro con el certificado configurado.
  • ✓ Conserva la respuesta y muestra incidencias para corregirlas.
Ver API e integraciones →

Preguntas esenciales

¿Verifactu es obligatorio para todos?

Lo obligatorio para quienes están dentro del ámbito del Real Decreto 1007/2023 es utilizar un sistema informático de facturación adaptado. Verifactu, que remite registros a la AEAT de forma continuada, es una de las dos modalidades permitidas.

¿Cuáles son los plazos de adaptación?

Las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades deben tener adaptado el sistema antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados incluidos en el reglamento, entre ellos muchos autónomos, antes del 1 de julio de 2027.

¿Se envía la factura completa a la AEAT?

Se remite el registro de facturación definido por la normativa. Ese registro contiene los datos fiscales exigidos, pero no equivale a enviar el PDF completo de la factura.

¿Una respuesta correcta de la AEAT valida toda la factura?

No. La Orden HAC/1177/2024 aclara que una respuesta afirmativa no implica la validez completa de la factura ni de su registro. Confirma el resultado de recepción y validaciones efectuadas sobre el envío.

¿El software está homologado por la AEAT?

La AEAT no homologa ni certifica externamente estos productos. La norma establece una declaración responsable que debe emitir el productor para cada versión del sistema.

Siguiente decisión

Profundiza según tu situación

Fuentes primarias

Documentación oficial consultada

Revisión:

  1. Fuente 01 · Boletín Oficial del Estado

    Real Decreto-ley 15/2025

    Norma que fija los plazos vigentes: antes del 1 de enero y del 1 de julio de 2027 según el tipo de obligado.

  2. Fuente 02 · Agencia Tributaria

    Nota informativa sobre la ampliación de plazos

    Explicación oficial de la AEAT sobre las fechas de adaptación aplicables en 2027.

  3. Fuente 03 · Boletín Oficial del Estado

    Real Decreto 1007/2023, texto consolidado

    Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación, modalidades y plazos de adaptación.

  4. Fuente 04 · Boletín Oficial del Estado

    Orden HAC/1177/2024, texto consolidado

    Especificaciones técnicas y funcionales de registros, remisión, respuesta, huella y código QR.

  5. Fuente 05 · Boletín Oficial del Estado

    Reglamento de obligaciones de facturación

    Contenido de las facturas completas y simplificadas, incluido el QR dentro del ámbito del reglamento SIF.

  6. Fuente 06 · Agencia Tributaria

    Sistemas Informáticos de Facturación y Verifactu

    Portal oficial de información, preguntas frecuentes, normativa y asistencia de la AEAT.

  7. Fuente 07 · Agencia Tributaria

    Información técnica de los sistemas de facturación

    Esquemas XML, WSDL, validaciones, servicios de pruebas, cálculo de huella y especificación del QR.

  8. Fuente 08 · Agencia Tributaria

    Certificación y declaración responsable

    Aclara que no existe una homologación externa de la AEAT y explica la declaración responsable del productor.

Preparación · Verifactu

03 · Plazo

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